¿Por qué tarda tanto el SAT en devolver el saldo a favor de tus declaraciones?

¿Por qué tarda tanto el SAT en devolver el saldo a favor de tus declaraciones?

En tiempos de cumplir con la entrega de las declaraciones anuales, las preguntas más frecuentes de los contribuyentes son: ¿En cuánto tiempo el SAT devolverá el dinero a favor? y, ¿Qué hago si este saldo a favor no llega en el tiempo estipulado?

Recuerda que el saldo a favor se trata de un derecho que tiene los contribuyentes. ¿En qué consiste este derecho?

En su página web, el SAT escribe: “Cuando tengas saldo a favor podrás solicitar las devoluciones que te correspondan. Esto ocurre cuando al efectuar el cálculo de tus impuestos, resulta que pagaste más de lo que debías, por lo que puedes solicitar ante el SAT que te sea devuelta la cantidad”.

A este artículo, también se suman otros que vale la pena conocer a fin de asegurarse de cumplir con lo estipulado por la autoridad. Para consultar estos “complementos”, ingresa a: https://www.sat.gob.mx/tramites/24016/solicita-tu-devolucion

Ayuda al contribuyente: cuándo me devuelven el saldo a favor

Por disposición oficial, la devolución de saldo a favor tiene que ser en los siguientes 40 días o antes, luego de haber presentado las declaraciones anuales, esto sin importar si eres Persona Física o Moral. Sin embargo, en esta época de emergencia motivada por el COVID-19, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) se unió al esfuerzo del SAT para hacerlo en un plazo de 3 días.

Sería interesante, charlar con aquellos contribuyentes que ya cumplieron a fin de saber  si la devolución cumple con ese plazo. Sobre todo considerando lo dicho por el Subprocurador General de funciones de la Prodecon, quien asegura que para operar en un plazo de 3 días existe un requisito:

  • La solicitud de devolución entrará por un proceso automático de devolución; siempre y cuando al momento de presentar la declaración anual, el interesado haya aceptado la propuesta ofrecida por la autoridad en el apartado correspondiente.

Esto quiere decir, que si no se acepta la propuesta y se modifican los ingresos o se incrementan deducciones que no están precargadas en el sistema, entra en un sistema normal de devoluciones en dónde la autoridad puede requerir información para que se lleve a cabo el proceso, lo que se traduce en un lapso de 40 días.

Por otro lado, si el sistema encuentra irregularidades en el ejercicio, ese estado de devolución del saldo a favor aparecerá como “en proceso” al momento de solicitar la devolución.

¡Importante! Si el saldo a favor aparece rechazado, acude a la Prodecon para que te brinden la asesoría necesaria con un procedimiento de queja.

¿Cómo saber si hay saldo a favor?

Para conocer si tienes saldo a favor, ingresa a la página del SAT y haz clic en Buzón Tributario (para ingresar necesitas: RFC, contraseña o firma electrónica), después, ve a  “Devoluciones y compensaciones”, para hacer la solicitud.

No olvides que la devolución de saldo a favor es un derecho de todos los contribuyentes. 

¿Por qué tarda tanto el SAT en devolver el saldo a favor de tus declaraciones?

¿Cómo empezar a vender comida por internet en un restaurante?

¿Cómo empezar a vender comida por internet en un restaurante?

En los últimos años, las tendencias de pedidos de comida online han aumentado de manera exponencial, haciendo que vender comida por internet sea una necesidad tanto para restaurantes con amplia trayectoria como para los emprendimientos gastronómicos que quieren llegar a más clientes cada día.

Si todavía tienes dudas sobre cómo empezar a utilizar las plataformas digitales como un canal de ventas para tu negocio, aquí te mostraremos cómo hacerlo paso a paso para alcanzar el éxito ¡Prepárate!

Paso 1. Establece un objetivo de tus ventas en línea

El primer paso consiste en establecer claramente cuál es el objetivo de ventas en línea para tu negocio, pues esto te permitirá evaluar con qué recursos cuentas para cumplirlo, qué plataformas digitales tienes al alcance, a qué consumidores quieres llegar, qué procedimientos seguirás y cómo podrás evaluar los resultados obtenidos.

Por ejemplo, si tu negocio actualmente vende 100 platillos al día en el establecimiento, puedes determinar que, para empezar, tu objetivo de ventas en línea sea de un 25 por ciento, es decir, vender al menos 25 pedidos online al día.

Para cumplir tu objetivo, deberás contar con los insumos y el personal suficiente para poder preparar esos 25 platillos adicionales, así como determinar el tiempo que deberás invertir en cada platillo durante el día para asegurar tus entregas sin demora.

Paso 2. Crea un menú especial para tu canal online

Una vez que ya has sentado las bases estratégicas para tu nuevo canal de ventas online, es momento de entrar de lleno al diseño de tu menú en línea

Considera todos los platillos que tienes actualmente en tu carta y agrega a tu nuevo menú en línea únicamente aquellos que puedan disponerse en paquetes sellados para enviar a domicilio o para pasar a recoger, sin perder su esencia.

Incluye promociones exclusivas para motivar a tus clientes potenciales a ordenar tus servicios en línea por primera vez. También puedes introducir ideas que sean tendencia en tu menú, por ejemplo, las opciones saludables, veganas o con ingredientes ecológicos.

Es importante cada pedido de comida online se realice con la misma dedicación y esfuerzo que se invierte en el servicio a comedor, pues la satisfacción del cliente en línea es fundamental para promover la fidelización y el incremento de las ventas a través en este canal.

Paso 3. Establece la logística de tus entregas

Uno de los inconvenientes más comunes para los restaurantes a la hora de mudar sus servicios al mundo digital es el proceso de entrega, sobre todo para aquellos que aún no cuentan con servicio de reparto a domicilio.

Empieza con comida para llevar (pick up o drive thru)

Si no cuentas con repartidores, puedes empezar recibiendo pedidos de comida online para pasar a recoger (pick up), lo que te permitirá cotejar si tu nivel de producción y de ventas en línea está listo para pasar a la entrega de comida a domicilio. 

Para ofrecer este servicio, es necesario que determines un área especial para la entrega de los pedidos, considerando las medidas recomendadas para evitar la propagación de enfermedades infecciosas. Por ejemplo, algunos restaurantes han escogido entregar los pedidos a sus clientes sin que estos se tengan que bajar de sus automóviles (estilo drive thru).

Considera las aplicaciones para reparto de comida a domicilio

Las aplicaciones de reparto de comida a domicilio son una opción recomendable si no cuentas con repartidores, pues además de facilitarte este servicio, te permiten dar a conocer tu restaurante entre los miles de usuarios de sus plataformas.

Solo debes considerar que sus comisiones varían y, en algunos países como México ya se les exige el cobro del 16 por ciento de IVA sobre pedido, por lo que la percepción sobre la relación precio-calidad de tus platillos puede resultar menos conveniente de la que realmente podrías ofrecer a tus clientes de manera directa y a largo plazo.

Genera tu propio equipo de reparto

Contar con tu propio servicio a domicilio es una de las opciones más recomendables para obtener el máximo provecho de tus ventas en internet, pues te permite mantener un control completo de todo el proceso de la entrega para lograr la satisfacción del cliente.

Si tuviste que retirar a los meseros de tu restaurante durante la contingencia, una forma de ayudarles a generar ingresos es integrarlos como tu servicio de reparto. Por otro lado, puedes generar alianzas con los servicios de taxis o paqueterías de tu localidad para conformar tu equipo de entrega a domicilio.

Si ya cuentas con tu propio servicio de reparto, sabrás la conveniencia que representa frente al uso de plataformas de terceros, por lo que el siguiente paso que corresponde es reforzar la capacitación en la atención al cliente y en las medidas de higiene necesarias para que cada entrega sea exitosa.

Paso 4: Utiliza todos las plataformas digitales que tengas para promover tus ventas en línea

El uso de redes sociales son una herramienta clave para empezar a vender comida en línea sin tener que invertir demasiado, incluso sin la necesidad de un sitio web. 

Tanto en México como en América Latina los usuarios de internet pasan la mayor parte de su tiempo de navegación en redes como Facebook, Whatsapp e Instagram, por lo que es indispensable que difundas a través de estas tu nuevo canal de ventas online.  

Para aprovechar al máximo las ventajas que te dan estas plataformas, te invitamos a descargar la Guía completa para impulsar el servicio a domicilio de un restaurante e incrementar sus ventasdonde encontrarás todas las herramientas que necesitas para recibir pedidos en línea desde tu perfil de Facebook, Instagram y por mensajería de Whatsapp, así como las mejores estrategias de e-mail Marketing y posicionamiento en internet a través de Google My Business.

Paso 5: Implementa una plataforma propia para recibir pedidos en línea

Si ya cuentas con el servicio de pick up y de reparto a domicilio (o tienes la posibilidad de implementarlo), el siguiente paso es centralizar todas tus ventas en línea en una plataforma propia para recibir y gestionar tus pedidos por internet.

De esta forma, podrás automatizar el registro de los pedidos y reducir el tiempo invertido en mensajería por Whatsaap o llamadas telefónicas, aceptar diversas formas de pago (incluyendo el pago en línea), llevar un historial de pedidos por cliente y promover una mayor fidelización en tus ventas digitales.

Algunas plataformas como Soft Restaurant® e-Delivery te ofrecen la posibilidad de enlazar todas tus redes sociales a tu sistema de pedidos en línea, por lo que tus esfuerzos de difusión pueden rendir mejores frutos y aumentar considerablemente las ventas globales de tu negocio.

¡Decídete a empezar a vender comida por internet hoy!

Llevar tu restaurante o tu emprendimiento gastronómico al mundo digital es más sencillo de lo que parece, solo debes tener en consideración los objetivos de ventas que quieres alcanzar y los pasos que debes seguir para lograrlos de manera exitosa.

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¿Por qué tarda tanto el SAT en devolver el saldo a favor de tus declaraciones?

La RMF trae cambios a cancelaciones y devoluciones en plataformas digitales

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó el pasado 14 de julio el Cuarto Anteproyecto de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020 y su Anexo 1-A.

Esta nueva versión incluye varios cambios a los procedimientos de cancelaciones y devoluciones en el Régimen de Plataformas Digitales. Te decimos los más importantes:

12.3.23. Cancelación de operaciones de enajenación de bienes o prestación de servicios a través de plataformas tecnológicas para efectos del ISR, tratándose de personas físicas que optan por pago definitivo cuando cobran directamente de los usuarios de los servicios o adquirientes de bienes

Cuando se cancelen operaciones, se reciban devoluciones o se otorguen descuentos o bonificaciones, por la enajenación de bienes o prestación de servicios, efectuados a través de plataformas tecnológicas, en operaciones a través de las plataformas que efectuaron la retención o directamente con los clientes, cuyos ingresos ya hubieran sido declarados y pagado el impuesto correspondiente, las personas físicas podrán disminuir el monto del ingreso de dichas operaciones sin incluir el IVA trasladado.

Esto se hará través de la presentación de una declaración complementaria del mes al que corresponda la operación original, para cancelar total o parcialmente sus efectos.  Siempre que, en el caso de descuentos, devoluciones o bonificaciones emitan el CFDI de Egresos que contenga el monto del ingreso que se hubiere restituido o en caso de cancelación de la operación, realicen la cancelación del CFDI correspondiente.

Las declaraciones complementarias presentadas en términos del párrafo anterior, no se computarán dentro del límite establecido en el artículo 32 del CFF.

La disminución del monto de los ingresos que se hayan restituido en términos de la presente regla, deberá realizarse en papeles de trabajo, por lo que en la declaración de pago, únicamente se reflejará el total de los ingresos que servirá de base para el cálculo del impuesto correspondiente al periodo de que se trate, una vez aplicada la
disminución.

12.3.24 Cancelación de operaciones de enajenación de bienes o prestación de servicios a través de plataformas tecnológicas para efectos del ISR, tratándose de
personas físicas que optan por que las retenciones sean consideradas como
pago definitivo

Cuando se cancelen operaciones o se otorguen descuentos, devoluciones o bonificaciones por la enajenación de bienes o prestación de servicios, efectuadas a través de plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares, las personas físicas que ejerzan la opción de pagos definitivos podrán solicitar la devolución del ISR correspondiente que les hubieren retenido, conforme a lo siguiente:

  1. Deberán emitir en caso de descuentos, devoluciones o bonificaciones un CFDI de Egresos conforme a la regla 12.3.19., o en caso de cancelación de la operación, se deberá cancelar el CFDI correspondiente a dicha operación.
  2. La solicitud de devolución se deberá presentar a través del FED, conforme a lo previsto por la regla 2.3.9. y la ficha de trámite 14/PLT “Solicitud de devolución de pago de lo indebido del ISR, por cancelación de operaciones efectuadas a través de plataformas tecnológicas”, contenida en el Anexo 1-A, acompañando el CFDI de Egresos a que se refiere la fracción anterior, o el CFDI con estatus cancelado en que conste el monto de la operación cancelada y restituida, así como el CFDI de Retenciones e información de pagos que le haya sido emitido por la plataforma tecnológica, aplicación informática o similar, por la operación correspondiente. La restitución deberá ser por la totalidad o parte del ingreso de la operación de que se trate, incluyendo el ISR que les haya sido retenido y el IVA que les haya sido retenido en su caso.

12.3.25 Cancelación de operaciones realizadas por las personas físicas que enajenen bienes o presten servicios, a través de plataformas tecnológicas para efectos del ISR

Las personas físicas que enajenen bienes o presten servicios, a través de plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares, cuando se cancelen operaciones, se reciban devoluciones o se otorguen descuentos o bonificaciones, por la enajenación de bienes o prestación de servicios, podrán efectuar la disminución de la cancelación, devolución, descuento o bonificación respectiva, en los pagos provisionales que deban efectuar de conformidad con lo dispuesto en el artículo 106 de la Ley del ISR, siempre que cuenten con la documentación correspondiente que demuestre dicha operación, como es el CFDI de Egresos que contenga el monto del ingreso que se hubiera restituido o en caso de cancelación de la operación, realicen la cancelación del CFDI correspondiente.

 

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